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Oferta de empleo – 30-12-2020 | BOCM | Más información
Plazas: 1115 plazas
Las 1115 plazas corresponden:
Conforme establece el Acuerdo del personal funcionario de Administración y Servicios el proceso de estabilización se desarrolla de forma diferenciada de las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a las plazas correspondientes a la tasa de resposición ordinaria.
El ejercicio podrá comenzar a partir del segundo trimestre de 2022.
Actualmente, se encuentra en marcha la convocatoria para 765 plazas de Auxiliares Administrativos de la Comunidad de Madrid de la Oferta de Empleo Público ordinaria, proceso ordinario e independiente al ahora convocado.
Desde 20-10-2021 hasta 18-11-2021 – Enlace instancia
Se constituirá una lista de espera a efectos de su posible nombramiento como personal funcionario interino, con todas aquellas personas participantes del turno libre y del cupo de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente, hayan alcanzado un nivel mínimo suficiente que será establecido por parte del tribunal de selección y no hayan superado el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. El orden de la lista de espera vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la oposición, de mayor a menor. Se procederá a contactar con las personas integrantes de la lista de espera constituida del proceso de estabilización cuando no existan personas candidatas disponibles en la lista de espera derivada del proceso selectivo de personal de nuevo ingreso por el turno libre correspondiente a la tasa ordinaria de reposición de efectivos del mismo cuerpo que el de esta convocatoria.
Realización de las tareas de mecanografía, despacho de correspondencia, clasificación, transcripción y copia de documentos, archivo y cuantas actividades administrativas tengan carácter auxiliar, incluyendo la manipulación básica de máquinas y equipos de oficina, registros y similares.
Puedes escribirnos a info@estudiosfenix.com o si lo prefieres, llamarnos 690 029 523 o 91 601 91 70 y resolveremos cualquier duda que tengas sobre esta oposición.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por un ejercicio de carácter eliminatorio.
El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 40 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al baremo y puntuación que se recoge en el apartado séptimo.7 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, siendo la forma de acreditación la que se indica a continuación:
La puntuación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 10 puntos sobre 20.
A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el tribunal establecerá un nivel mínimo de 10 puntos para la superación de la fase de oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso, si bien podrán acceder a esta fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, tal y como estipula la base séptima.1 de la presente orden.
La calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia la base séptima.5 de esta orden, sin que el total pueda superar los 20 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:
La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases de la convocatoria, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de concurso el 45 por 100 del total, no pudiendo el tribunal proponer el acceso a la condición de personal funcionario de carrera de un número superior de aprobados que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.